SELLO AENOR APR
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CONTROL DE LA

ACTIVIDAD PESQUERA

La actividad pesquera de los buques pesqueros certificados con APR está totalmente controlada mediante diferentes métodos: sistema de localización geográfica por satélite; diario de pesca; control de la actividad pesquera 24 horas al día, los 365 días del año; certificados de capturas; etc.

BUQUES CERTIFICADOS

Requisitos

a

Actividad pesquera controlada mediante diferentes métodos.

Los buques pesqueros certificados con APR operan con licencia y con autorización del estado de su pabellón, lo que les permite pescar en los caladeros y periodos en los que faene, capturar las especies autorizadas y emplear el arte de pesca de cerco.

Pulse el siguiente enlace para consultar el listado completo de los buques certificados con la norma APR.

Los buques certificados con APR cumplen con los siguientes requisitos para llevar a cabo el control de la actividad pesquera:
apr - satelite
Control por satélite (VMS)

El buque certificado con APR cuenta con un sistema de localización geográfica.

El buque certificado con APR cuenta con un sistema de localización geográfica por satélite homologado y controlado por las autoridades del estado de pabellón.

Este sistema está dotado a su vez de un sistema a bordo de transmisión automática de la posición geográfica del buque, ya que debe transmitir su posición con la frecuencia que establezcan las normas del caladero donde opere y como mínimo cada dos horas.

apr - calendario
Diario de pesca

Que registra toda la información de la actividad pesquera.

En el diario de pesca se registra toda la información de la actividad pesquera, incluidas las capturas realizadas. Este diario puede ser electrónico (ERS), capaz de registrar y transmitir vía satélite, o en formato papel.

La actividad registrada en el diario de pesca se transmite vía satélite al centro de control al menos una vez al día, incluso aunque no se haya realizado actividad pesquera o no haya capturas. Cuando el diario sea en formato papel, el capitán debe entregarlo al estado de su pabellón al finalizar la marea.

apr - centro - control
Centro de control

Operativo en todo momento (24 h del día, 365 días al año.

El centro de control debe:

  • Estar operativo en todo momento (24 h del día, 365 días al año).
  • Recepcionar, procesar y analizar toda la información recibida.
  • Ser capaz de transmitir mediante protocolos seguros y de manera automática la información recibida.
  • Tener capacidad y competencia para tomar medidas ante posibles infracciones.
  • Acreditar el control por satélite ejercido sobre el posicionamiento del buque y de su actividad pesquera.
apr - licencias
Permiso Temporal de Pesca

Permiso Temporal de Pesca (PTP) o autorización de pesca.

El buque debe disponer de un PTP para poder realizar actividades pesqueras en las aguas de un tercer país:

  • Cuando exista un acuerdo de pesca entre la UE y un tercer país.
  • Cuando no exista un acuerdo de pesca entre la UE y un tercer país y los representantes de un buque obtengan una licencia privada para faenar en sus aguas.

Los buques no comunitarios deben obtener una autorización de pesca que contenga información sobre la identificación del buque, zona de pesca, especie, arte de pesca y obligación de cumplimiento de normas de acuerdos internacionales de los cuales el estado sea parte.

apr - contrato
Certificado de capturas

Se requiere la presentación de un certificado de capturas.

Para la importación a la Unión Europea de las capturas realizadas por buques con bandera de un tercer país se requiere la presentación de un certificado de capturas emitido por las autoridades competentes, en cumplimiento de la legislación vigente en materia de prevención de la pesca ilegal.

El certificado de capturas debe incluir la identificación del buque, especies, cantidades, zonas de pesca, datos del operador, datos del transporte y firma validadora de las autoridades competentes del tercer país.

También puede ser de su interés la información relativa a:
CONTROL MARÍTIMO Y SANITARIO.